Curso -¿cómo hacer un CFDI de traslado con complemento carta porte?

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🔴El complemento de carta porte tiene los siguientes fundamentos legales:
CFF Articulo 29
“Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen….”
Regla 2.7.1.8. Complementos para incorporar información fiscal en los CFDI
Regla 2.7.7.1. CFDI de tipo ingreso con el que se acredita el transporte de mercancías
Regla 2.7.7.2. CFDI con el que los propietarios, poseedores, tenedores, agentes de transporte o intermediarios pueden acreditar el traslado de bienes o mercancías
Regla 2.7.7.3. Traslado local de bienes o mercancías

CFF Articulo 103 Fracción XXII
Se presume cometido el delito de contrabando cuando:
Se trasladen bienes o mercancías por cualquier medio de transporte en territorio nacional, sin el comprobante fiscal digital por Internet de tipo ingreso o de tipo traslado, según corresponda, al que se le incorpore el Complemento Carta Porte.
Los objetivos de implementar el Complemento de la Carta Porte son:
Acreditar la legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas.

Al emitir un CFDI de Ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte.

Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías.

Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

▶️00:00:00 💻​Fundamentos legales
▶️00:07:24 ¿Cuándo es obligatorio el complemento de carta porte?
▶️00:08:44 Línea del tiempo
▶️00:11:28 ¿Quién debe de emitir el complemento de carta porte?
▶️00:15:03 ¿Qué tipo de comprobante debo emitir? - CFDI tipo ingreso
▶️00:16:03 Carta porte con CFDI tipo traslado
▶️00:21:50 Ejercicio práctico - CFDI DE TRASLADO CON COMPLEMENTO DE CARTA PORTE
▶️01:05:05 Preguntas y respuestas
▶️01:41:43 Datos de contacto

Sanciones por incumplimiento
🔴Si estás obligado a incorporar el complemento de carta porte y no lo realizas, por cada CFDI sin complemento la multa va de $400 a $600 pesos.
🔴De no mostrar en formato digital o físico el CFDI con el complemento de carta porte, la multa va de los $760 a los $14,710 pesos.
🔴Si el transportista no proporciona el complemento de carta porte a los clientes, la multa va de los $17,020 a los $93,330 pesos.

⚙️ Recursos mencionados:
• Manual de CFDI de ingreso con complemento de carta porte https://bit.ly/3seLVDk
• Minisitio SAT https://bit.ly/3JUJ20y

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