¿Puedo cobrar el Seguro Social si vivo fuera de Estados Unidos?

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La mayoría de los ciudadanos de Estados Unidos pueden recibir sus beneficios del Seguro Social mientras están de visita en el extranjero o si se mudan a otro país.
Restricciones en los pagos
Sanciones del Departamento del Tesoro de los EE. UU.
El Departamento del Tesoro de los EE. UU. prohíbe pagar beneficios a las personas que residen en Cuba o en Corea del Norte. Si usted es un ciudadano de los EE. UU. y reside en Cuba o en Corea del Norte, podrá recibir todos los pagos que el Seguro Social le retuvo una vez usted se mude a un país donde le puedan enviar pagos. De acuerdo con la Ley del Seguro Social, si usted no es ciudadano de los EE. UU., no puede recibir beneficios por los meses que vivió en Cuba o Corea del Norte, aunque se mude a otro país y cumpla con todos los demás requisitos.

Existen otras sanciones del Departamento del Tesoro de los EE. UU. que pueden afectar el pago a personas que residen en otros países. Para informarse mejor sobre las sanciones del Departamento del Tesoro de los EE. UU., visite www.treasury.gov/resource-center/ sanctions/Programs/Pages/ Programs.aspx (solo disponible
en inglés).
https://ofac.treasury.gov/sanctions-p...

Si usted no es ciudadano estadounidense los beneficios por jubilación se le pueden pagar sin tener que regresar a los eeuu si vive en estos países.

Alguno de los países que requiere que el jubilado entre a los eeuu cada 6 meses.

Beneficiarios
El Seguro Social le puede continuar pagando sus beneficios de Seguro Social de los EE. UU.
si es ciudadano de uno de los siguientes países:
Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, República Checa, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Corea del Sur, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España , Suecia, Suiza, Reino Unido o Uruguay

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