🔴 CANCELA por ley tus DEUDAS | 👉 ¿Qué pasa con las DEUDAS con HACIENDA y la SEGURIDAD SOCIAL en la Ley de la Segunda Oportunidad? | Eloi Esmerats ABOGADO y mediador concursal, colaborador de Libertad Sin Deudas en 📍 Barcelona.
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😉 TRANSCRIPCIÓN 😉
¿Se pueden eliminar las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social?
Se pueden eliminar, pero hay que tener muy presente que no se pueden eliminar al 100%. No es lo mismo que una deuda privada o que una deuda bancaria que tiene una potencial eliminación del 100%.
Lo que hay que entender es que, cuando una persona tiene una deuda con Hacienda o con la Seguridad Social, será al final de todo el procedimiento donde podrá optar a un plan de pagos.
Y ese plan de pagos, ¿que tendrá? Digamos, tendrá, la parte de eliminación de los intereses, que eso sí que se puede eliminar y eso sí que es muy positivo, porque, por ejemplo, una persona con una deuda de hace 10, 15 años tiene muchos intereses, puede llegar a tener 10, 20.000 o 30.000 € de interés. Eso se puede eliminar, pero la parte del principal no.
Es decir, hay que tener en cuenta que, aquella cuota de autónomos es la principal o aquel IVA, que el IRPF. Eso no se puede eliminar al 100%, se pueden eliminar los intereses. Entonces, el plan de pago se hace a cinco años de la deuda principal. Entonces, al final de todo el procedimiento judicial, cuando tengamos el desglose del crédito se le llama así, podremos valorar: qué es principal, qué son intereses.
Lo que sean intereses, se puede eliminar en su totalidad. Lo que sea principal, se puede hacer un plan de pagos a cinco años. Al final de los cinco años, lo que hay que hacer es recopilar toda la documentación de los pagos y del cumplimiento del plan de pagos y pedir la remisión definitiva al juzgado.
Y el juzgado dictará un auto, donde dirá que esa persona ya no tiene ningún tipo de deuda.
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