Es muy frecuente que lleguen a este despacho, asuntos relacionados con una herencia que ha quedado bloqueada o paralizada, en algún momento de su tramitación, o incluso antes de empezar siquiera con los trámites de aceptación, y ello por la actitud de alguno o algunos de los herederos, que por algún motivo no están conformes con el reparto propuesto.
En otras ocasiones, puede incluso que ni siquiera exista un motivo concreto para el desacuerdo, pero que simplemente ni aceptan la herencia, ni tampoco la repudian o renuncian a ella.
Hay que entender, que la tramitación para la aceptación y adjudicación de una herencia, suele ir de la mano de una situación complicada para los herederos, que han perdido a un ser querido, y se les hace difícil, e incluso moralmente reprobable, el pensar en repartirse los bienes del fallecido.
Es por ello, por lo que no hay que tener prisa para abordar el tema de la herencia. Según la persona y grado de cercanía o relación que se tuviera con el fallecido, habrá personas que podrán abordar el tema de la herencia en cuestión de días, y otros que necesitarán semanas o incluso meses.
En todo caso, en respuesta a la pregunta que nos plateamos de si se puede repartir una herencia sin estar todos los herederos de acuerdo, la respuesta corta sería que si, pero si no hay manera de llegar a un acuerdo por las buenas, habría que acudir a un procedimiento de división judicial de la herencia para que fuera un juez el que la repartiera.
Obviamente, lo deseable es intentar previamente agotar todas las opciones que tengamos, para alcanzar un acuerdo que nos evite acudir a los tribunales ya que, como siempre digo, el procedimiento de división judicial de herencia es largo y costoso.
Pero volviendo a la cuestión principal: si transcurren los meses sin que se pueda repartir una herencia (por no estar todos los herederos de acuerdo) éstos tienen varias opciones para desbloquear la situación.
Lo primero será analizar la causa o motivo de controversia con este heredero. Nuestro derecho de sucesiones es muy extenso. Por ello, debemos comprender que por complicado o peculiar que nos parezca nuestro problema, siempre podremos encontrar una solución con la ley en la mano.
Y digo esto, porque desde mi experiencia, la inmensa mayoría de los problemas en las herencias proviene del desconocimiento y/o el mal asesoramiento de alguno de los herederos, que lo llevan a un planteamiento erróneo del cual suele ser difícil sacarle, por la desconfianza que suele existir en la mayoría de estos casos.
Por ello, un adecuado asesoramiento de las partes, informando debidamente de lo que la ley realmente establece en cada caso, suele ser suficiente para desbloquear la herencia.
Si ello no es bastante, y el heredero o herederos conflictivos insisten en sus erróneas pretensiones, será el momento de plantear las acciones legales más adecuadas para cada caso concreto.
Si el problema es que un heredero ni acepta ni renuncia a la herencia, existe un procedimiento para requerirle notarialmente para que la acepte o renuncie, y si tampoco contesta al requerimiento, se entenderá legalmente como si hubiera aceptado, por lo que ya habremos desbloqueado en parte la herencia.
Si el problema está relacionado con el reparto, y no hay manera de ponerse de acuerdo, podremos acudir a la vía judicial, para determinar qué bienes han de formar parte de la herencia, y cómo han de repartirse.
En este punto es importante señalar una cuestión que suele ser bastante frecuente, y es que algunos de los herederos (que suelen ser los que normalmente entorpecen el reparto de la herencia) toman la posesión y disfrute de algunos bienes de la herencia, como por ejemplo un piso. En estos casos, habrá que recordarle a ese heredero que debe pagar una renta a la propia herencia, sumando mes a mes a la misma, y repartiéndose entre los herederos toda esa renta acumulada, cuando finalmente se lleve a cabo la adjudicación de la herencia. Además, si persiste en no desalojar la vivienda, ni tampoco pagar renta alguna, podremos desahuciarlo legalmente del piso por muy heredero que sea del mismo.
En cuanto a los plazos que tenemos para repartir una herencia, el único plazo que nos debe preocupar es el seis meses para liquidar el impuesto de sucesiones (que es prorrogable por otros seis).
A mi despacho llegan herederos que quieren iniciar la vía judicial al día siguiente del fallecimiento del causante, y otros que acuden después de quince o veinte años intentando repartir una herencia.
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https://www.marquesdelcastilloabogado...
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