Conformidad y Pago en las Contrataciones del Estado

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De acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento las entidades públicas deben otorgar la conformidad y efectuar el pago una vez que los proveedores han concluido con el servicio o entregado el bien, en caso de que no haya ninguna observación a la prestación. En caso de existir observaciones se solicita la subsanación de las mismas, previo a otorgar la conformidad y posterior pago.
Base Legal: Art. 39 de la LCE y Art. 168 y 171 de su Reglamento

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