Tengo muchos años sin cotizar, ¿PUEDO PENSIONARME?

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Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del seguro obligatorio conservarán los derechos que tuvieren adquiridos a pensiones en los seguros de Invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, por un periodo igual a la cuarta parte de tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

Hay personas que han dejado de cotizar y han perdido vigencia en sus derechos sociales, lo cual ya al estar cerca de la edad de pensionarse (55 a 65 años) , ya nadie quiere contratarlos como trabajadores, por lo cual no pueden acceder a la pensión por cesantía en edad avanzada o la pensión por vejez por esta situación.

Al encontrarse en esta circunstancia de no poder recuperar sus derechos sociales, recurren a prácticas de simulación, lo cual provoca que, si el IMSS al detectar esta situación no tome en cuenta las semanas cotizadas, por lo que habrás perdido dinero y tiempo valioso.

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