🔴 Cuando prescriben las deudas con Hacienda, Seguridad Social, Entidades bancarias, Multas, Suministros o Pensiones alimienticias. ¿Qué plazos hay para que nos las reclamen?
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▶️00:23 ¿Pueden reclamarnos SIEMPRE una deuda?
▶️01:55 ¿Qué dice el código civil?
▶️03:49 Prescripción de deudas con Hacienda y Seguridad Social.
▶️04:36 Prescripción de deudas Bancarias.
▶️05:08 Prescripción de los Alquileres y Pensiones de alimentos.
▶️05:32 Prescripción de deudas por Suministros.
▶️05:57 Prescripción de Multas.
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➤ ¿Pueden reclamarnos siempre una deuda?
NO nos pueden reclamar indefinidamente una deuda porque existe una figura llamada prescripción. La prescripción se encuentra en todas las relaciones jurídicas el principio de seguridad jurídica.
No únicamente prescriben las deudas, también prescriben los delitos, las acciones civiles o las sanciones, por ejemplo; la prescripción se fundamenta en que existe un plazo, para solicitar un derecho, exigir una conducta o, en su caso, imponer una pena o sanción. En función del tipo de deuda el tiempo en prescribir es mas reducido o mas amplio.
No es posible ejercitar ninguna acción. ¿Por qué?
Porque la persona a la que va dirigida la pretensión debe saber cuándo se le puede exigir una determinada obligación de pagar, tener la “certeza” de las consecuencias jurídicas de nuestros actos.
▶️01:55 ¿Qué dice el Código Civil?
El Código Civil define en el artículo 1930, el concepto de prescripción:
“Por la prescripción se adquieren, el dominio y demás derechos reales. También se extinguen del propio modo por la prescripción los derechos y las acciones, de cualquier clase que sean”.
La prescripción implica:
El interesado, no ejercite ningún tipo de acción durante el tiempo en que dura la misma. Se interpreta que existe una falta de interés y, en consecuencia, opera el plazo de prescripción.
Hay que tener en cuenta que:
Si existiera algún tipo de acción con la finalidad de hacer cumplir la pretensión, la prescripción se interrumpe.
Cualquier reclamación extrajudicial de la deuda interrumpe la prescripción.
Una carta certificada exigiendo su pago, sería uno de los métodos válidos para que este hecho se produzca la voluntad de no recoger la correspondencia no evita el efecto.
La interrupción implica:
Volver a poner el contador de la prescripción a cero.
El cumplimiento de una obligación, es poco probable que haya inactividad por la parte interesada.
🔴 Plazo de prescripción de las deudas más habituales.
▶️03:49 Prescripción de las deudas con Hacienda y Seguridad Social:
La Ley General tributaria, en el artículo 66 fija en 4 años. Estos 4 años empezarán a contarse
desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario.
▶️04:36 Prescripción de deudas bancarias
Prescriben a los 5 años, acorde con el Código Civil.
Se incluyen en esta categoría las deudas con las tarjetas de crédito o los préstamos personales, por ejemplo. Quedan fuera de dicha categoría las deudas hipotecarias.
▶️05:08 Prescripción de los alquileres y pensiones de alimentos
Prescriben en un plazo de 5 años, el artículo 1966 del Código Civil.
las pensiones alimenticias pueden exigirse, como máximo, también en este período de tiempo.
▶️05:32 Prescripción deudas por suministros
El pago de las facturas de la electricidad o del gas también tienen plazo de prescripción. En principio, el plazo es de 3 a 5 años.
▶️05:57 Prescripción de multas
Las sanciones de tráfico caducan en el plazo de 4 años, tal y como establece el artículo 112 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
🔴 Es importante saber, que la prescripción, no actúa de manera automática. Así pues, debemos ser nosotros mismos quiénes aleguemos que la deuda está prescrita en el caso que nos la reclamen.
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