La revocación y reversión de una donación | DESHACER UNA DONACIÓN

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0:35 La revocación y la reversión en las donaciones
1:00 ¿Qué es una donación?
2:00 ¿Cómo hacer una donación?
2:47 ¿Qué es la revocación de una donación?
7:35 ¿Qué es la reversión de las donaciones?
10:35 Donación a un heredero legítimo
12:05 ¿Cuál es el plazo para hacer una reversión de las donaciones?
13:00 Donación sujeta a deudas
14:25 ¿Qué ocurre cuando la donación es en dinero?

𝗟𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗼𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀
Es posible que hayas hecho una donación y hayas oído hablar de la revocación de las donaciones o de su reversión.

En ocasiones pensamos que las donaciones son para siempre pues pensamos que hecha la donación ya no podemos volver atrás. Pero las circunstancias pueden haber cambiado y no ser las mismas que en el momento de hacer la donación.

Para que la donación tenga plena eficacia es imprescindible la aceptación por parte del donatario. De manera expresa y por escrito.

𝗛𝗲𝗰𝗵𝗮 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻… ¿𝗦𝗲 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝘃𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝗮𝘁𝗿𝗮́𝘀? ¿𝗣𝘂𝗲𝗱𝗼 𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗼𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀? ¿𝗛𝗮𝘆 𝗽𝗲𝗹𝗶𝗴𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗾𝘂𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗾𝘂𝗲 𝗵𝗲 𝗿𝗲𝗰𝗶𝗯𝗶𝗱𝗼 𝗾𝘂𝗲𝗱𝗲 𝘀𝗶𝗻 𝗲𝗳𝗲𝗰𝘁𝗼 𝗽𝗼𝗿 𝗮𝗹𝗴𝘂𝗻𝗮 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮?
En primer lugar, encontramos la revocación de las donaciones.

¿𝗖𝘂𝗮́𝗹𝗲𝘀 𝘀𝗼𝗻 𝗹𝗮𝘀 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲𝗻 𝗽𝗿𝗼𝘃𝗼𝗰𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗼𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀?

- Que el donante que no tenga hijos o descendientes los tenga después de hecha la donación o aparezca vivo el hijo que se creía muerto cuando se hizo la donación.
- Que el donatario no haya cumplido alguna de las condiciones que el donante le impuso al hacer la donación.
- Otras causas que encontramos en nuestro derecho son las 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝘃𝗼𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗴𝗿𝗮𝘁𝗶𝘁𝘂𝗱.

¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗲𝘀 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀?
Puede ser de dos tipos:

1. Por ejemplo: ‘dono a mi hijo un piso mientras permanezca soltero estableciendo la reversión de la donación si se casa’.
2. Por ejemplo: un padre dona a su hijo un bien y después de la donación el hijo fallece, sin descendencia, se producirá la vuelta de los bienes al patrimonio del padre que es el donante.

¿𝗬 𝘀𝗶 𝗲𝗹 𝗾𝘂𝗲 𝗿𝗲𝗰𝗶𝗯𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗲𝘀 𝗮 𝗹𝗮 𝘃𝗲𝘇 𝗵𝗲𝗿𝗲𝗱𝗲𝗿𝗼?
Relacionando la reversión de la donación con las herencias, es importante saber, que si el que ha donado es un legitimario, es decir, una persona que por ley tiene derecho a una parte de la herencia, como es el caso del padre y del hijo, la donación que se revierte, no se tiene en cuenta en la herencia. Es decir, que el donante tendrá derecho a que vuelva a su patrimonio lo donado y, a parte, tendrá derecho a la herencia.

¿𝗖𝘂𝗮́𝗹 𝗲𝘀 𝗲𝗹 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗿𝗲𝘃𝗲𝗿𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀?
No está sujeto plazo de prescripción. Se puede ejercitar en cualquier momento.

¿𝗬 𝘀𝗶 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗲𝘀𝘁𝗮́ 𝘀𝘂𝗷𝗲𝘁𝗮 𝗮 𝗱𝗲𝘂𝗱𝗮𝘀?
En relación con las posibles deudas que el donatario pudiera tener al momento de su fallecimiento, la jurisprudencia y la DGRN consideran que el bien objeto de reversión no queda afectado por ningún tipo de deuda.

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¿𝗛𝗮𝘀 𝗵𝗲𝗰𝗵𝗼 𝘂𝗻𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗾𝘂𝗶𝗲𝗿𝗲𝘀 𝘃𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝗮𝘁𝗿𝗮́𝘀? ¿𝗤𝘂𝗶𝗲𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲𝘀𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗿𝗲𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗮?

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