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❤️2º Municipios de Gran población:

Disposición adicional segunda. (DA2ª) ley 2/2004 TRLHL
Régimen especial de los municipios de gran población.


↪Recurso de reposición:
previo y potestativo a la:

↪Reclamación económico-administrativa:
Posterior al recurso de reposición y
preceptiva para acudir a la vía contenciosa administrativa, a la vía judicial.

Existirá un órgano especializado en las siguientes funciones:

a) El conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal.

Contra la resolución, en su caso, del citado recurso de reposición, podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el órgano previsto en el presente artículo.

4. Estará constituido por un número impar de miembros, con un mínimo de tres, designados por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que legalmente lo integren, de entre personas de reconocida competencia técnica, y cesarán por alguna de las siguientes causas:
[…]
Con la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, en adelante, LMMGL, se introdujo un nuevo título, concretamente el Título X de la LRBRL, en la cual se estableció un régimen de organización específico para los municipios de gran población, introduciendo para este tipo de municipios la vía económico-administrativa.

Los interesados podrán interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición.

Contra la resolución, en su caso, desestimatoria del recurso de reposición podrá interponer reclamación económico-administrativa ante el órgano económico-administrativo creado al efecto (art. 137 ley 7/85) (órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas).
Contra la resolución desestimatoria de la reclamación económico-administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados.

Se distinguen de esta manera dos regímenes:

Municipios de régimen común

💙Recurso de reposición como requisito para acceder a la JCA

Municipios de Gran población

💙Recurso de reposición: potestativo

💙Reclamación económico-administrativa como requisito para acceder a la JCA

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